Resultados

01/01/2000

01/01/2000

Bote

0

1 de enero de 2000

Números ganadores

0

0

0

0

0

0

Comp. Reint.

0

0

Categoría

Premio

Especial

0€

1ª categoría

0€

2ª categoría

0€

3ª categoría

0€

4ª categoría

0€

5ª categoría

0€

Bote

0

1 de enero de 2000

Números ganadores

0

0

0

0

0

0

Comp. Reint.

0

0

Categoría

Premio

Especial

0€

1ª categoría

0€

2ª categoría

0€

3ª categoría

0€

4ª categoría

0€

5ª categoría

0€

La Bonoloto es una excelente opción para quienes disfrutan de la emoción de la lotería, con sorteos frecuentes y la posibilidad de ganar grandes premios. Si quieres participar y probar tu suerte, en WinLoterías podrás adquirir tus boletos de forma rápida y cómoda.

¿Quién sabe? Puede que esa combinación ganadora esté más cerca de lo que imaginas. Juega con nosotros y haz realidad el sueño de cambiar tu vida.

¿Cómo jugar?

La Bonoloto es un juego de los denominados 6/49 y consiste en marcar 6 números en un bloque con 49 casillas (desde la 1 a la 49).

Jugar a La Bonoloto exige un mínimo de 2 apuestas, si realizas una jugada para un solo día, tienes que jugar un mínimo de 2 bloques.
Sin embargo, en las jugadas semanales puedes optar por jugar un solo bloque, ya que al jugar varios sorteos superas el mínimo de 2 apuestas.

En la celebración del sorteo se extraen 6 bolas que generan la combinación ganadora con el premio de 1º categoría, extrayendo posteriormente una séptima bola denominada “complementario” el cual únicamente es válido para los acertantes de 5 números, que caso de acertar esa 7ª extracción, pasarían a tener un premio de 5+C de la Bonoloto.

Probabilidad

Las probabilidades aproximadas de acertar la Bonoloto son las siguientes:

Categoría                 

Posibilidades aproximadas de acertar

Especial (6+R)

1 entre 139.838.160

1ª (6)

1 entre 13.983.816

2ª (5+C)

1 entre 2.330.636

4ª (4)

1 entre 1.032

5ª (3)

1 entre 57

Reintegro

1 entre 10

Cobrar Premios

1. Premios menores de 2.000 euros

• Dónde cobrar: Estos premios pueden cobrarse directamente en cualquier administración de Loterías y Apuestas del Estado o punto de venta autorizado, desde el día siguiente al sorteo.

• Requisitos: Simplemente presenta el décimo o resguardo ganador en el punto de venta. No se necesita cita previa y puedes recibir el importe en efectivo o a través de sistemas de pago como Bizum (en puntos de venta que lo ofrezcan).

2. Premios iguales o superiores a 2.000 euros

• Dónde cobrar: Estos premios deben cobrarse en entidades bancarias colaboradoras, actualmente BBVA y CaixaBank, sin necesidad de ser cliente de estas entidades. No se aplican comisiones adicionales por este servicio.

• Requisitos: Para cobrar, debes presentar el décimo o resguardo premiado y un documento de identidad válido (DNI, pasaporte, etc.). Si el premio es compartido, cada persona debe identificarse o designar un representante a través de un documento notarial.

3. Retención Fiscal para Premios Mayores de 40.000 euros

• Retención del 20%: Para premios superiores a 40.000 euros, se aplica una retención fiscal del 20% sobre la cantidad que exceda de los 40.000 euros. Esta retención se efectúa en el momento del cobro, y el usuario recibirá el importe neto del premio.

• Ejemplo de Retención: Si el premio es de 50.000 euros, el 20% se aplicará sobre los 10.000 euros que exceden de 40.000, por lo que la retención será de 2.000 euros, y el importe neto recibido será de 48.000 euros.

4. Plazo para el Cobro de Premios

• Lotería Nacional y otros sorteos: Los premios deben cobrarse dentro de los tres meses siguientes al sorteo. Pasado este plazo, el derecho al cobro expira.

• Sorteos Especiales (como el Sorteo de Navidad): Los premios de la Lotería de Navidad tienen un plazo específico para el cobro, que generalmente termina el 22 de marzo del año siguiente al sorteo.

5. Cobro de Premios Compartidos

• Identificación de todos los participantes: Si el premio es compartido, todos los titulares deben acudir a la entidad bancaria para identificarse. Alternativamente, pueden designar un representante mediante un documento notarial.

• Prorrateo de retenciones: La retención fiscal, cuando aplica, se distribuye proporcionalmente según la participación de cada persona en el premio.

6. Casos Especiales: Pérdida o Deterioro del Décimo

• Pérdida del décimo: En caso de pérdida, es aconsejable presentar una denuncia y contactar con Loterías y Apuestas del Estado para verificar las opciones disponibles. Sin el décimo original, puede ser difícil reclamar el premio.

• Décimo deteriorado: Si el décimo está en mal estado pero es legible, puedes presentar el décimo en una administración o en el banco para su validación y autenticación.

Cobrar Premios

• Dónde cobrar: Estos premios pueden cobrarse directamente en cualquier administración de Loterías y Apuestas del Estado o punto de venta autorizado, desde el día siguiente al sorteo.

• Requisitos: Simplemente presenta el décimo o resguardo ganador en el punto de venta. No se necesita cita previa y puedes recibir el importe en efectivo o a través de sistemas de pago como Bizum (en puntos de venta que lo ofrezcan).
• Dónde cobrar: Estos premios deben cobrarse en entidades bancarias colaboradoras, actualmente BBVA y CaixaBank, sin necesidad de ser cliente de estas entidades. No se aplican comisiones adicionales por este servicio.

• Requisitos: Para cobrar, debes presentar el décimo o resguardo premiado y un documento de identidad válido (DNI, pasaporte, etc.). Si el premio es compartido, cada persona debe identificarse o designar un representante a través de un documento notarial.
Retención del 20%: Para premios superiores a 40.000 euros, se aplica una retención fiscal del 20% sobre la cantidad que exceda de los 40.000 euros. Esta retención se efectúa en el momento del cobro, y el usuario recibirá el importe neto del premio.

• Ejemplo de Retención: Si el premio es de 50.000 euros, el 20% se aplicará sobre los 10.000 euros que exceden de 40.000, por lo que la retención será de 2.000 euros, y el importe neto recibido será de 48.000 euros.
• Lotería Nacional y otros sorteos: Los premios deben cobrarse dentro de los tres meses siguientes al sorteo. Pasado este plazo, el derecho al cobro expira.

• Sorteos Especiales (como el Sorteo de Navidad): Los premios de la Lotería de Navidad tienen un plazo específico para el cobro, que generalmente termina el 22 de marzo del año siguiente al sorteo.
• Identificación de todos los participantes: Si el premio es compartido, todos los titulares deben acudir a la entidad bancaria para identificarse. Alternativamente, pueden designar un representante mediante un documento notarial.
• Prorrateo de retenciones: La retención fiscal, cuando aplica, se distribuye proporcionalmente según la participación de cada persona en el premio.
• Pérdida del décimo: En caso de pérdida, es aconsejable presentar una denuncia y contactar con Loterías y Apuestas del Estado para verificar las opciones disponibles. Sin el décimo original, puede ser difícil reclamar el premio.
• Décimo deteriorado: Si el décimo está en mal estado pero es legible, puedes presentar el décimo en una administración o en el banco para su validación y autenticación.